La cuenta
(630) Impuesto sobre beneficios se utiliza para contabilizar el importe del impuesto sobre beneficios devengado en el ejercicio, salvo que deba reconocerse directamente en una partida del patrimonio neto o por una combinación de negocios. Se distingue entre el impuesto corriente del ejercicio y el impuesto diferido con incidencia en otros ejercicios contables, por razón de activos y pasivos generados por diferencias temporarias (bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, deducciones pendientes de aplicar, diferente valoración fiscal y contable, etc.).
Asiento contable
Cuando nuestra empresa va a liquidar el impuesto de sociedades (100 euros) se percata de que en retenciones y pagos a cuenta tiene un importe mayor (200 euros). La liquidación del impuesto es la siguiente:
Resultado contable: 400 euros
Ajustes extracontables: 0
Base imponible: 400 euros
Tipo de gravamen: 25 %
Cuota íntegra: 100 euros (25 % x 400)
Bonificaciones y deducciones: 0
Cuota líquida: 100 euros
Retenciones y pagos a cuenta: - 200 euros
Cuota diferencial (a devolver): - 100 euros
Contabilización de Impuesto sobre Sociedades
A 31 de diciembre se procede a la contabilización del impuesto, en este caso, resulta a devolver porque las retenciones y pagos a cuenta son superiores al importe del impuesto que correspondería pagar (cuota líquida):
El derecho de crédito generado por la devolución del impuesto permanecerá en el balance hasta que sea satisfecho, compensado o denegado por la Hacienda Pública.
Contabilización de devolución de Impuesto sobre Sociedades
Y cuando Hacienda nos devuelva el dinero a partir del plazo de presentación del impuesto, es decir, el 25 de julio del ejercicio siguiente:
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