Descripción
La cuenta
(479) Pasivos por diferencias temporarias imponibles se utiliza para contabilizar las diferencias que darán lugar a mayores cantidades a pagar o menores cantidades a devolver por impuestos sobre beneficios en ejercicios futuros, normalmente a medida que se recuperen los activos o se liquiden los pasivos de los que se derivan. El saldo de la cuenta es el resultado de multiplicar la base del pasivo que se genera durante el ejercicio por el tipo de gravamen del impuesto sobre beneficios aplicable a la empresa.
Asiento contable
A principios del ejercicio, nuestra empresa ha comprado mobiliario por valor de 10.000 euros más IVA al tipo general, ninguno de los muebles excede de 300 euros, excluido el IVA. Al cierre del ejercicio, el resultado contable es de 30.000 euros, las retenciones y pagos a cuenta ascienden a 1.200 euros. La empresa tributa en el impuesto sobre sociedades al tipo de gravamen del 25 % y desea aplicar durante este ejercicio al máximo los beneficios fiscales establecidos en la legislación vigente del Impuesto sobre Sociedades. En el ejercicio siguiente, el resultado contable positivo es de 15.000 euros y las retenciones y pagos a cuenta ascienden a 1.200 euros.
Contabilización de pasivos por diferencias temporarias imponibles
Al cierre del ejercicio se realiza la liquidación del impuesto sobre sociedades. Como nuestra empresa desea aplicar al máximo los beneficios fiscales establecidos en la legislación vigente, se acogerá a la libertad de amortización, puesto que cumple con los requisitos del límite de 25.000 euros y que el importe unitario no exceda de 300 euros. Contablemente, aplica una amortización lineal del 10 % para los enseres.
Amortización |
20X1 |
20X2 |
20X3 |
20X4 |
... |
20X8 |
20X9 |
2X10 |
Contable |
- 1.000 |
- 1.000 |
- 1.000 |
- 1.000 |
... |
- 1.000 |
- 1.000 |
- 1.000 |
Fiscal |
- 10.000 |
0 |
0 |
0 |
... |
0 |
0 |
0 |
Diferencia |
- 9.000 |
+ 1.000 |
+ 1.000 |
+ 1.000 |
... |
+ 1.000 |
+ 1.000 |
+ 1.000 |
La liquidación del impuesto sobre sociedades es la siguiente:
- Resultado contable: 30.000 euros
- Ajustes extracontables: - 9.000 euros (diferencia temporaria imponible en origen)
- Base imponible: 21.000 euros
- Tipo de gravamen: 25 %
- Cuota íntegra: 5.250 euros
- Bonificaciones y deducciones: 0 euros
- Cuota líquida: 5.250 euros
- Retenciones y pagos a cuenta: - 1.200 euros
- Cuota diferencial (a ingresar): 4.050 euros
Por la contabilización del impuesto corriente del ejercicio:
Por la diferencia temporaria imponible en origen generada por aplicación de la libertad de amortización:
Contabilización de pago del impuesto sobre sociedades
Y en el ejercicio siguiente, cuando presentamos la autoliquidación del impuesto y realizamos el pago, se cancela la deuda con la Hacienda Pública:
Contabilización de reversión de pasivos por diferencias temporarias imponibles
La liquidación del próximo ejercicio es la siguiente:
- Resultado contable: 15.000 euros
- Ajustes extracontables: + 1.000 euros (diferencia temporaria imponible en reversión)
- Base imponible: 16.000 euros
- Tipo de gravamen: 25 %
- Cuota íntegra: 4.000 euros
- Bonificaciones y deducciones: 0 euros
- Cuota líquida: 4.000 euros
- Retenciones y pagos a cuenta: - 1.200 euros
- Cuota diferencial (a ingresar): 2.800 euros
Por la contabilización del impuesto corriente del ejercicio:
A partir de este año empieza a revertir el pasivo por diferencias temporarias imponibles hasta la completa amortización contable de los inmovilizados que la generaron. Por la reversión del pasivo por diferencias temporarias imponibles realizamos el siguiente asiento contable:
Contabilización de pago del impuesto sobre sociedades
Y en el ejercicio siguiente, cuando presentamos la autoliquidación del impuesto y realizamos el pago, se cancela la deuda con la Hacienda Pública:
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