La cuenta
(4752) Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades se utiliza para contabilizar el importe pendiente del impuesto sobre sociedades a pagar. El impuesto sobre sociedades, desde el punto de vista contable, es un gasto y además es el último gasto del periodo. Este impuesto representa lo que la empresa tiene que contribuir a Hacienda una vez al año.
Si el beneficio contable antes del impuesto coincide con la base imponible (calculada mediante las normas del Impuesto sobre Sociedades) el asiento a realizar será:
CASO A, que existan diferencias permanentes: son diferencias de concepto para Hacienda y para la empresa en cuanto a lo que es gasto y lo que no es y lo que es ingreso y lo que no lo es. Por ejemplo para Hacienda las sanciones no son un gasto y sin embargo para la empresa sí lo son.
CASO B, que existan diferencias temporales: implican una diferencias en cuanto al devengo, bien del ingreso o bien del gasto.
A continuación expondremos varios ejemplos con casos posibles, basándonos en un impuesto de sociedades del 30%.
Nuestra empresa ha determinado un beneficio contable de 250.000 euros, el cual coincide con la base imponible para el pago del impuesto de sociedades, la contabilización sería la siguiente:
Si por el contrario la empresa determina un beneficio contable de 250.000 euros y una base imponible de 230.000 euros, la contabilización sería la siguiente:
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