Descripción
La cuenta
(4751) Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas se utiliza para contabilizar el importe de las retenciones tributarias efectuadas pendientes de pago a la Hacienda Pública. La empresa deberá retener, entre otros supuestos, cuando satisface salarios a sus trabajadores, paga facturas a profesionales o reparte dividendos a sus accionistas. El porcentaje de retención será el determinado reglamentariamente.
Asiento contable
A continuación vamos a contabilizar la nómina de un empleado que trabaja en nuestra empresa por cuenta ajena, cuyas remuneraciones son:
- Retribución bruta: 1.096,25 euros.
- Seguridad Social a cargo de la empresa (cuota patronal): 372,63 euros.
- Seguridad Social a cargo del trabajador (cuota obrera): 108,18 euros.
- Retención por IRPF: 8,60 %.
Contabilización de nómina de trabajador por cuenta ajena
La nómina de este asalariado se contabilizaría de la siguiente forma:
Contabilización de pago de nómina
Cuando realizamos el pago al trabajador:
Contabilización de liquidación de retenciones con Hacienda
Y cuando realizamos el ingreso en Hacienda de las retenciones practicadas:
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