La cuenta
(4750) Hacienda Pública, acreedora por IVA se utiliza para contabilizar el exceso, en cada período impositivo, del IVA repercutido sobre el IVA soportado deducible.
Asiento contable
Nuestra empresa debe presentar la liquidación del primer trimestre de IVA en el que ha venido realizando su actividad. El total acumulado durante este periodo en concepto de IVA soportado deducible asciende a 3.000 euros y por IVA repercutido la suma es 9.000 euros.
Contabilización de liquidación de IVA
Al término del periodo impositivo, por el exceso del IVA repercutido sobre el IVA soportado deducible:
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