En la cuenta
(206) Aplicaciones informáticas contabilizamos el importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos tanto adquiridos a terceros como elaborados por la propia empresa. También incluye los gastos de desarrollo de las páginas web, siempre que su utilización esté prevista durante varios ejercicios. No obstante, en ningún caso podrán figurar en el activo:
Los gastos de mantenimiento de la aplicación informática.
Los de formación del personal para la aplicación de los sistemas.
Los derivados de consultas realizadas a otras empresas y las revisiones de control de los sistemas informáticos.
Los de modernización o modificación de los sistemas ya existentes o de las páginas web, salvo que deban tratarse como ampliación o mejora.
Los desembolsos realizados para el desarrollado de una página web, básicamente, con el objetivo de promocionar y anunciar los productos o servicios de la empresa.
Asiento contable
Nuestra empresa compra diverso software informático por 1.000 euros más IVA al tipo general y otros 300 euros por unos cursos de formación para que los empleados aprendan a utilizar dicho software. La formación y reciclaje profesional están exentas de IVA.
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