Asiento de la cuenta 130. Subvenciones oficiales de capital

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Asiento de la cuenta 130. Subvenciones oficiales de capital

Descripción

La cuenta (130) Subvenciones oficiales de capital se utiliza para contabilizar las subvenciones concedidas por las Administraciones Públicas, tanto nacionales como internacionales, para el establecimiento o estructura fija de la empresa (activos no corrientes) cuando no sean reintegrables, de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de registro y valoración. Cuando una empresa recibe una subvención ha de tener en cuenta que pueden existir importantes discrepancias entre el momento de devengo, esto es, cuando le comunican que se la conceden, su cobro y el momento de aplicación a los beneficios de la misma. Así en el caso de que se trate de una subvención concedida para la adquisición de activos fijos nuevos nos encontraremos con que el importe de la subvención deberemos aplicarlo al beneficio del ejercicio en la misma proporción que amorticemos el activo fijo.

Asiento contable

Nuestra empresa recibe una subvención de 30.000 euros por parte del ayuntamiento para el establecimiento de su estructura básica, adquiriendo una máquina por importe de 100.000 euros a mediados del ejercicio en curso, siendo la vida útil de la misma de 10 años

Contabilización de subvenciones oficiales de capital

a) Cuando nos conceden la subvención:

Debe Haber
30.000 (4708) Hacienda Pública, deudora por subvenciones concedidas
a
(130) Subvenciones oficiales de capital 30.000

b) Cuando percibimos el importe de la subvención:

Debe Haber
30.000 (572) Bancos, c/c
a
(4708) Hacienda Pública deudora por subvenciones 30.000

c) Por la adquisición de la maquinaria:

Debe Haber
100.000 (213) Maquinaria
a
(572) Bancos, c/c 100.000

d) Al cierre del ejercicio amortizamos la maquinaria:

Debe Haber
5.000 (681) Amortización del inmovilizado material
(100.000/10 x 6/12)
a
(281) Amortización acumulada del inmovilizado material 5.000

e) Al cierre del ejercicio cuando aplicamos al mismo la parte proporcional de la subvención:

Debe Haber
1.500 (130) Subvenciones oficiales de capital
a
(746) Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidas al resultado del ejercicio
(30.000/10 x 6/12)
1.500

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