Definición |
Intereses a pagar, con vencimiento a corto plazo, de deudas, excluidos los que deban ser registrados en la cuenta 527. |
Movimientos al debe |
Se cargará:- Por la retención a cuenta de impuestos, cuando proceda, con abono a la cuenta 475.
- Al pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.
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Movimientos al haber |
Se abonará por el importe de los intereses explícitos devengados durante el ejercicio, incluidos los no vencidos, con cargo a la cuenta 662. |
Ejemplos de asientos |
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Cuentas relacionadas |
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Última revisión: Junio 2022 |