Definición |
Deudas pendientes con Organismos de la Seguridad Social como consecuencia de las prestaciones que éstos realizan.
Figurará en el pasivo del balance. |
Movimientos al debe |
Se cargará cuando se cancele la deuda, con abono a cuentas del subgrupo 57. |
Movimientos al haber |
Se abonará:- Por las cuotas que le corresponden a la empresa, con cargo a la cuenta 642.
- Por las retenciones de cuotas que corresponden al personal de la empresa, con cargo a la cuenta 465 ó 640.
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Ejemplos de asientos |
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Cuentas relacionadas |
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Última revisión: Junio 2022 |