Definición |
Importe de las correcciones valorativas por deterioro del valor que corresponda al inmovilizado intangible. |
Movimientos al debe |
Se cargará:- Cuando desaparezcan las causas que determinaron el reconocimiento de la corrección valorativa por deterioro, con abono a la cuenta 790, 791 ó 792.
- Cuando se enajene el inmovilizado o se dé de baja del activo por cualquier otro motivo, con abono a las cuentas del subgrupo 20, 21 ó 22.
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Movimientos al haber |
Se abonará por el importe del deterioro estimado, con cargo a la cuenta 690, 691 ó 692. |
Ejemplos de asientos |
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Cuentas relacionadas |
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Última revisión: Junio 2022 |