NOTA: Cuenta no definida en el Cuadro de Cuentas del Plan de Contabilidad para Pymes.
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Definición |
Derechos de reembolso exigibles a una entidad aseguradora, que no cumpliendo los requisitos para ser calificados como activos afectos de acuerdo con lo dispuesto en las normas de registro y valoración deba reconocerse en el activo del balance. |
Movimientos al debe |
Se cargará:- Por las cantidades satisfechas en concepto de primas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
- Por el reconocimiento de ganancias actuariales, con abono a la cuenta 950, en caso de tratarse de retribuciones post-empleo, debiendo abonarse a una cuenta del subgrupo 64 en las restantes retribuciones a largo plazo al personal.
- Por el rendimiento esperado de los derechos de reembolso, con abono a la cuenta 767.
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Movimientos al haber |
Se abonará:*Por la disposición que se realice del derecho de reembolso, con cargo a la cuenta 140, o con cargo a las cuentas del subgrupo 57.Por el reconocimiento de pérdidas actuariales, con cargo a la cuenta 850, en caso de tratarse de retribuciones post-empleo, debiendo cargarse a una cuenta del subgrupo 64 en las restantes retribuciones a largo plazo al personal.Por el exceso de valor del derecho de reembolso que suponga un reembolso directo, con cargo a cuentas del subgrupo 57. |
Ejemplos de asientos |
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Cuentas relacionadas |
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Última revisión: Junio 2022 |