Definición |
Deudas contraídas por préstamos recibidos y otros débitos con vencimiento superior a un año, instrumentadas mediante efectos de giro, incluidas aquellas que tengan su origen en suministros de bienes de inmovilizado. |
Movimientos al debe |
Se cargará por el pago anticipado de los efectos, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. |
Movimientos al haber |
Se abonará:- Cuando la empresa acepte los efectos, con cargo, generalmente, a cuentas de este subgrupo.
- Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente, a la cuenta 662.
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Ejemplos de asientos |
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Cuentas relacionadas |
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Última revisión: Junio 2022 |