170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito
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Cuadro de cuentas PGC 2008 ![]() ![]() |
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Definición |
Las contraídas con entidades de crédito por préstamos recibidos y otros débitos, con vencimiento superior a un año. Se incluirá, con el debido desarrollo en cuentas de cuatro o más cifras, el importe de las deudas por efectos descontados. |
Movimientos al debe |
Se cargará por el reintegro anticipado, total o parcial, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. |
Movimientos al haber |
Se abonará: * A la formalización de la deuda o préstamo, por el importe recibido, minorado en los gastos de la transacción, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. * Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente, a la cuenta 662. |
Ejemplos de asientos |
Asiento de la cuenta 170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito |
Cuentas relacionadas |
662. Intereses de deudas |
Última revisión: 23 de julio de 2014 |