1370. Ingresos fiscales por diferencias permanentes a distribuir en varios ejercicios
![]() |
Cuadro de cuentas PGC 2008 ![]() ![]() |
![]() |

Definición |
Ventajas fiscales materializadas en diferencias permanentes que portener una naturaleza económica asimilable a las subvenciones, son objeto de imputación a la cuenta de pérdidas y ganancias en varios ejercicios. A estos efectos, las diferencias permanentes, se materializan, con carácter general, en ingresos que no se incorporan en la determinación de la base imponible del impuesto sobre beneficios y que no revierten en períodos posteriores. |
Movimientos al debe |
Se cargará, al cierre del ejercicio, por la parte imputada en el ejercicio del efecto impositivo de la diferencia permanente, con abono a la cuenta 836. |
Movimientos al haber |
Se abonará, al cierre del ejercicio, por el importe del efecto impositivo de las diferencias permanentes a imputar en varios ejercicios, con cargo a la cuenta 834. |
Cuentas relacionadas |
Última revisión: Junio 2022 |