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108. Acciones o participaciones propias en situaciones especiales
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Cuadro de cuentas PGC 2008 ![]() ![]() |
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Definición |
Acciones o participaciones propias adquiridas por la empresa (sección cuarta del capítulo IV del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada). Figurarán en el patrimonio neto, con signo negativo. |
Movimientos al debe |
Se cargarán por el importe de la adquisición de las acciones o participaciones, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. |
Movimientos al haber |
Se abonarán: * Por la enajenación de las acciones o participaciones, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. La diferencia entre la cantidad obtenida en la enajenación de las acciones o participaciones propias y su valor contable se cargará o abonará, según proceda, a cuentas del subgrupo 11. * Por la reducción de capital, con cargo a la cuenta 100 por el importe del nominal de las acciones o participaciones. La diferencia entre el importe de adquisición de las acciones o participaciones y su valor nominal se cargará o abonará, según proceda, a cuentas del subgrupo 11. |
Ejemplos de asientos |
Asiento de la cuenta 108. Acciones o participaciones propias en situaciones especiales |
Cuentas relacionadas |
100. Capital social |
Última revisión: 23 de julio de 2014 |