Descripción
La concesión administrativa consiste en la transferencia que hace
una entidad de derecho público a un particular de la gestión
de un servicio público o el disfrute exclusivo de un dominio público.
La característica determinante de este inmovilizado es que la transferencia
la hace una entidad derecho público, en general una Administración
Pública.
El valor de contabilización está constituido por el importe
total de los gastos incurridos en su obtención.
Caso de perderse los derechos de la concesión por incumplimiento
de las condiciones, debe imputarse el valor neto contable a los resultados
del período, mediante cargo a la cuenta 670 y abono y cargo a las
cuentas 211 y 2811, respectivamente.
Asiento
Por la concesión
| Debe |
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Haber |
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(202) Concesiones administrativas |
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a |
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Si se acaba la concesión antes del periodo establecido
| Debe |
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Haber |
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(281) Amortización acumulada de Inmoviliza Inmaterial |
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(670) Perdidas procedentes de Inmovilizado Intangible |
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a |
| (202)Concesión administrativa |
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Si vendemos o traspasamos
| Debe |
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Haber |
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(57x) Tesorería |
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(281) Amortización acumulada de Inmovilizado Inmaterial |
|
a |
| (202)Concesión administrativa |
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| (770) Beneficios procedentes de Inmobilizado Intangible |
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Puede ocurrir que la concesión administrativa implique la afectación
de activos del inmovilizado material que deban revertir a la entidad concesionaria
al finalizar el plazo de concesión. En tal caso hay que constituir
un fondo de reversión que se contabiliza en la cuenta 144
Si el periodo de concesión es igual al periodo de amortización
los activos estarán totalmente amortizados por lo tanto no habría
que constituir un fondo de reversión
Si el activo no es amortizable
| Debe |
|
Haber |
|
(669) Otros gastos financieros |
|
a |
| (142)
Provisión para otras responsabilidades |
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Si el período de amortización es inferior al periodo de concesión,
el bien ya estará totalmente amortizado cuando finalice la concesión,
por lo tanto no habrá que constituir el fondo de reversión
Si el periodo de amortización es superior al periodo de concesión,
se dotará un fondo de reversión por la parte no amortizada.
Ejemplo
Una sociedad ha adquirido una concesión administrativa por un período
de seis años, ha comprado maquinaria afecta a la concesión
por 200.000.
Esta máquina cuya vida útil es de ocho años, revertirá
al Estado al final de la concesión.
Se estima que los gastos que ocasionará la reversión serán
20.000 €.
Amortización acumulada hasta el momento de la reversión
serás de
200.000 x 6/8 = 150.000 €
Por lo tanto el valor contable de la maquinaria en el momento de la reversión
sería;
200.000 - 150.000 = 50.000 €
Los gastos son 20.000 €
Total del fondo de reversión = 50.000 + 20.000 = 70.000 €
Por lo tanto la cuantía anual que debería dotarse al fondo
de reversión sería:
70.000 / 6 = 11.666,67 €
| Debe |
|
Haber |
| 11.666,67 |
(669) Otros gastos financieros |
|
a |
| (142) Provisión para otras responsabilidades |
11.666,67 |
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Cuando dé de baja la maquinaría
| Debe |
|
Haber |
| 150.000 |
(281) Amortización A.I.I |
| 70.000 |
(142) Provisión para otras responsabilidades |
|
a |
| (213) Maquinaría |
200.000 |
| (57x) Tesorería |
20.000 |
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